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Servicios Dentales
 
RESUMEN DE BENEFICIOS
 
Este resumen es emitido por Delta Dental Plan of Puerto Rico, Inc., con el propósito de proveer una guía para el uso de los beneficios contratados dentro de su cubierta dental, los cuales reflejan un cambio a partir del 1ro. De julio de 2004.

Para recibir los servicios de Delta Dental Plan of Puerto Rico, a través de los proveedores participantes, de su programa “Delta Preferred Option” (“DPO”), deberá utilizar su tarjeta de Plan médico-hospitalario de la Asociación de Maestros de PR y su número de socio como identificación para el pago de reclamaciones.

Delta Dental Plan of Puerto Rico proveerá cubierta para los beneficios contratados, siempre y cuando sean prestados por un cirujano dentista, con licencia de práctica, dentro del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. El pago de dichos servicios está sujeto a las limitaciones y exclusiones descritas en el Contrato entre Delta Dental Plan of Puerto Rico y la Asociación de Maestros de Puerto Rico.

 
I. ELEGIBILIDAD

¿Quién es elegible para participar?

Estarán cubiertos bajo este programa todos los miembros elegibles de la Asociación de Maestros de PR, excepto aquellos miembros identificados como miembros sindicales.

II. FECHA DE EFECTIVIDAD

La fecha de efectividad del plan será
a. La fecha en que comienza el Plan o Contrato
b. En la fecha en que ingrese como miembro elegible de la Asociación de Maestros de PR. La elegibilidad en el Plan estará sujeto a todas las limitaciones y exclusiones descritas en el Contrato.

III. TERMINACION DE LA CUBIERTA

La cubierta del miembro elegible cesará en la primera de las siguientes fechas:

a. En la fecha de terminación del Programa o Contrato
b. En la fecha en que cese la elegibilidad como miembro de la Asociación de Maestros de PR.
c. En la fecha en que el grupo termine el contrato al dejar de pagar las primas requeridas del grupo o de algún miembro elegible, en específico.

IV. BENEFICIOS

Efectivo al 1ro. de julio de 2004, los beneficios provistos bajo Delta Dental Plan of Puerto Rico, se describen como sigue:

Cubierta: Servicios de Diagnóstico y Preventivo al 80%
*Exámenes periódicos de rutina cada seis (6) meses
*Examen de emergencia, limitado a uno (1) cada doce (12) meses
*Consulta a especialista, limitado a una (1) cada doce (12) meses
*Radiografías de mordida (“Bite-Wing”) a intérvalos de cada seis (6) meses
*Radiografía de toda la dentadura, panorámica o “Full mouth”, una cada (3) años
*Profilaxis dental (limpieza) cada seis (6) meses para adultos y niños
*Aplicación tópica de fluoruro a niños menores de 19 años. Limitado a una cada seis (6) meses.
*Mantenedores de espacio en dientes posteriores deciduos
*Selladores para niños menores de 14 años en dientes permanentes

Cubierta: Servicios Regulares de Restauración al 70%
*Extracciones sencillas
*Restauraciones en Amalgama (Plata), limitado cada 24 meses por superficie
*Tratamiento paliativo para aliviar el dolor
*Restauraciones en resina (plástico), limitado a dientes anteriores cada 24 meses, por superficie
*Endodoncia: Incluye tratamiento de canal de dientes anteriores y bicúspides

Cubierta: Prótesis al 50%
*Dentaduras completas y parciales

V. DEDUCIBLE

El pago inicial o deducible por persona por año contrato, a partir del 1ro. de julio de 2004, es de $10.00 . El mismo no aplica a la cubierta de Diagnóstico y Preventivo.

Nota:
Aquellos miembros que ya cubrieron su deducible para el año contrato 2003-2004, no tendrán que pagarlo hasta el comienzo del próximo año póliza. Los miembros que no hayan cubierto el deducible y reciban los servicios a partir del 1ro. de julio de 2004, pagarán $10.00.

Máximo de Cubierta

El máximo de cubierta por año contrato es de $500.00 por miembro asegurado.

Año de Cubierta

Un año de cubierta es un periodo de tiempo a través del cual se aplica los deducibles y los máximos. Cada año de cubierta será del 1ro. de octubre al 30 de septiembre.

Exclusiones: Los beneficios y servicios dentales provistos por la tabla de honorarios fijos del DPO excluye: (Se incluye tabla)

• Servicios por lesiones y condiciones cubiertas por beneficios de
Compensación al Trabajador o bajo las leyes de Responsabilidad Patronal; o beneficios y servicios disponibles en cualquier agencia gubernamental o de cualquier municipalidad, condado u otra subdivisión política o agencia comunitaria, o de cualquier fundación o entidad similar.
• Los servicios dentales determinados por Delta, a prestarse para corregir malformaciones congénitas y odontología, por razones cosméticas, incluyendo pero no limitados a malformaciones maxilares y mandibulares, hipoplasia del esmalte, flucrosis, laminados, revestimientos posteriores al primer molar, y blanqueado de dientes.
• Todos los servicios y/o procedimientos, iniciados antes de la fecha en que el paciente fuera elegible bajo el Contrato y todos los servicios y/o procedimientos iniciados después de la fecha en que el paciente ya no es elegible bajo el Contrato.
• Anestesia general y manejo del paciente.
• Higiene oral e instrucciones dietéticas.
• Programas para el control de la placa y/o técnicas especializadas.
• Terapia nuofuncional.
• Tratamiento para disturbios de la coyuntura Temporomandibular (jaw-joint), férulas o protectores y cualquier aparato que no sea servicios de prostodoncia.
• Procedimientos experimentales.
• Todos los costos hospitalarios y cualesquiera honorarios adicionales cobrados por el Dentista por tratamiento hospitalario.
• Injertos extraorales (injertos de tejidos desde el exterior de la boca hasta los tejidos orales).
• Procedimientos, artefactos o restauraciones necesarias para aumentar las dimensiones verticales y/o restaurar o mantener la oclusión. Dichos procedimientos incluyen pero no se limitan a la equilibración, varillas periodontales, restauración de la estructura del diente, pérdida mediante atrisión, erosión y bruxismo y la restauración de dientes mal alineados.
• No se pagará beneficios para tratamiento prestado por cualquier practicante que no sea un Dentista, o bajo la supervisión directa de un Dentista, conforme a las leyes que gobiernan la práctica de la odontología en Puerto Rico.
• Cargos por servicios o suministros que el paciente no está legalmente obligado a pagar o por los cuales no se habrían hecho cargos en ausencia de una cubierta dental.
• Cirugía oral, Periodoncia, Reparaciones de dentaduras, Coronas y Ortodoncia, no son un Beneficio cubierto.
• Delta no hará pago alguno por la reparación o reemplazo de mantenedores de espacio dañados, extraviados, perdidos o rabados, o por el reemplazo de artefactos dentales prostéticos extraviados, perdidos o robados.
• Re-tratamiento de Endodoncia.
• Implantes y servicios relacionados (cirugía y prótesis, etc.)
• Restauraciones en resina en dientes posteriores.
• Servicios temporeros de prótesis.
• Preparación de bandejas de procedimientos y asepsia.
• Reclamaciones sometidas con más de 90 días de terminado el tratamiento.
• Odontología cosmética y todo servicio efectuado, por razones de estética, incluyendo pero no limitando a laminados, blanqueadores, coronas de porcelana en molares, además a restauraciones en resinas compuestas para mejorar la apariencia del diente.

Limitaciones
Los servicios provistos por Delta estarán sujetos a las siguientes limitaciones:

El examen inicial estará limitado a uno por proveedor y no más de 2 veces al año. La profilaxis, los exámenes orales periódicos, los rayos X de mordida podrán proveerse pero no más de una vez en cualquier periodo de seis (6) meses.

Exámenes de emergencia limitado a uno en un periodo de un año.

Examen extendido y detallado estará limitado a una visita al especialista, en un periodo de 12 meses. Limitado a las especialidades de Cirugía Oral. Endodoncia, Periodoncia y Ortodoncia.

Fluoruro limitado para dependientes menores de 19 años, uno cada seis meses.

Radiografías de mordida y periapicales adicionales, se limitan a no más de 6 en combinación en el período de doce (12) meses.

Los rayos X de toda la boca es un Beneficio Contratado solamente una vez en un período de tres (3) años a menos que sean para el diagnóstico y tratamiento de una enfermedad y lesión específica. Un film panorámico de rayos X acompañado por rayos X de mordida o cualquier film sencillo se considerará igual que una serie de rayos X de toda la boca y se pagará como tal.

Sellantes estarán limitados para niños menores de 14 años en dientes permanentes (bicúspides y molares) a uno por vida.

Mantenedores de espacio limitados a niños menores de 14 años y solamente para mantener espacio de dientes posteriores deciduos. En dientes anteriores no estarán cubiertos.

Restauraciones en amalgama y resinas se limitan a una por superficie cada 24 meses.

Sedativos limitados por diente a cada 24 meses.

Los procedimientos de endodoncia se pagarán por clasificación de diente (anterior y bicúspides).

Implantes. Delta concederá el costo de una dentadura parcial o completa hacia el costo de implantes o artefactos construidos en asociación con los mismos. Delta no proveerá para la remoción quirúrgica de implantes y no pagará por reemplazo de artefactos dentro de los cinco (5) años subsiguientes.

Los empastes posteriores de resina no son un beneficio cubierto. Se hará una concesión como una restauración de amalgama.

Dentaduras Completas. No más de una dentadura completa superior y una dentadura completa inferior. Serán un beneficio bajo este Contrato y cualquier renovación subsiguiente en cualquier periodo de cinco (5) años para cualquier paciente.

Dentaduras Parciales. No son un beneficio bajo este Contrato para cualquier paciente más de una vez en un periodo de cinco (5) años, excepto cuando la pérdida de dientes adicionales requiera la construcción de un nuevo artefacto.

Para propósitos de este Contrato, dicho periodo de cinco (5) años habrá de contarse a partir de la fecha en que el artefacto prostético fuera suministrado por última vez bajo ese Contrato, cualquier renovación subsiguiente del mismo o cualquier otro Contrato de Delta Dental Plan of Puerto Rico.

Mecanismo de Pago

Como miembro elegible, usted puede visitar cualquier cirujano dentista con licencia de práctica del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. La porción con la cual usted contribuirá al utilizar los servicios, dependerá del tipo de proveedor que usted seleccione:

• Dentista Participante de “Delta Preferred Option” (DPO)
• Dentista Participante de “Delta Premier”
• Dentista No Participante

Dentista Participante del “DPO”: Si el dentista es un miembro del “DPO” Delta pagará directamente al dentista, según determinado en su cubierta, los honorarios fijos estipulados en la tabla de su programa “DPO”. Este pago, así como el pago que le corresponde al subscriptor, como resultado de algún deducible y/o co-aseguro provisto en el Contrato entre Delta Dental Plan of Puerto Rico y la Asociación de Maestros de Puerto Rico, constituirá la totalidad del pago al Proveedor.

Dentista Participante del “Delta Premier”: Si el subscriptor utiliza un dentista miembro del “Delta Premier”, pero no es participante de nuestra red “DPO” , Delta pagará directamente al dentista los honorarios fijos estipulados en la tabla de “DPO”, pero usted como subscriptor tendrá que pagar cualquier diferencia entre los honorarios contratados y los honorarios fijos estipulados en la tabla del “DPO” más el deducible y/o co-aseguro provisto en el Contrato entre Delta Dental Plan of Puerto Rico y la Asociación de Maestros de Puerto Rico.

Dentistas no Participantes: Si el dentista no fuera un miembro de cualquiera de los programas de cuidado dental de Delta Dental Plan of Puerto Rico, Delta habrá de pagar al subscriptor el porcentaje seleccionado, aplicable al menor de los honorarios cobrados o los honorarios estipulados en la tabla del “DPO”. El subscriptor es responsable de pagar directamente a los dentistas No participantes.

Podrá reclamar el reembolso a Delta Dental Plan of Puerto Rico por medio de una forma de reclamación debidamente llena por el dentista que le brinda los servicios, acompañada de un recibo de pago de dicho dentista.

Nota Importante:

Este folleto resume las condiciones del Contrato Dental Grupal y su contenido no podrá modificar en forma alguna la cubierta provista en dicho Contrato. En caso de existir alguna diferencia entre la información que aparece en este folleto y la del Contrato Dental Grupal, prevalecerá la información que aparece en el Contrato. Ningún error de omisión o declaración en este folleto conferirá a las personas afectadas por el contato, derecho alguno que no esté expresamente otorgado por medio del Contrato.

Para más información o si tiene alguna duda sobre su cubierta, por favor comuníquese con nuestro CENTRO DE LLAMADAS a los números:

Area Metro: (787) 622-6120
Isla: 1-866-622-6120
O escriba a : DELTA DENTAL PLAN OF PUERTO RICO
P.O. Box 9020992 San Juan, PR 00902-0992

 
 
 
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