Plan de Protección Social

El Plan de Protección Social al Maestro surge como una preocupación de la Asociación de Maestros para brindar ayuda económica a los beneficiarios del maestro al momento de éste fallecer. Es un mecanismo de ayuda mutua entre los asociados para beneficiar a sus familiares y/o herederos.

• El Fondo de Protección Social es un servicio que ofrece la Asociación de Maestros de Puerto Rico en beneficio de sus asociados en virtud del cual los beneficiarios, o los herederos legales o forzosos del socio fallecido recibe la cantidad de $4,000.

• Los beneficios se pagan a los beneficiarios que el socio designe en su tarjeta testamentaria. A falta de ésta, a sus herederos forzosos designados en testamento válido o a sus herederos legales declarados por el tribunal competente.

• Al recibir la notificación del fallecimiento de un socio se coteja el estatus del asociado, y si tiene derecho al mismo, recibe la cantidad de $1,000 para gastos funerales.

• Cuando el beneficiado es mayor de edad el pago se le hace directamente. Por el contrario, si el heredero es menor de edad el importe de lo que corresponda a éstos será consignado en un tribunal competente, si dicho importe sobrepasara la suma de $2,000. Si la suma fuera menor de 2,000, la misma será entregada al padre o madre con patria potestad o al tutor nombrado para beneficio del menor

 


Advertisement